Micelio
Auto13 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Maria Rosina Aguirre Rondon·Demandado Nueva Eps Y Otro

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Promiscuo Municipal d Arauquita (Arauca) y el Juzgado 2 Administrativo Oral del Circuito de Arauca.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la acción de tutela que le fue asignada, con base en las reglas del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, mientras que el segundo planteó la controversia alegando que su homólogo no planteó ningún presupuesto de competencia, sino que por el contrario se apartó del conocimiento del asunto soportado en reglas de reparto.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Arauquita para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia al precitado operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto que utilizó, por cuanto tal actuación contraría la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional, con el objeto de eliminar barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS lo decidido el 2 de abril de 2025, por el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita, Arauca, dentro del trámite de
  2. la acción de tutela de la referencia.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4978 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita, Arauca, para que, de manera inmediata, tramite y
  4. adopte la decisión a la que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita, Arauca, para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de
  6. acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, por cuanto tal
  7. actuación contraría la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional. Lo anterior, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la
  8. administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  9. CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita, Arauca, para que, en lo sucesivo, cuando pretenda desprenderse, por
  10. competencia, del conocimiento de una acción de tutela que haya sido asignada a ese despacho, emita la respectiva providencia judicial, con las respectivas
  11. formalidades procesales, como en derecho corresponde.
  12. QUINTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes, al Juzgado 001 Promiscuo
  13. Municipal de Arauquita, Arauca, y al Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca.
  14. Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.